Ahora ya es posible que una pareja que se encuentre legalmente casada pueda comprar una casa o departamento nuevo o usado mediante el financiamiento que otorga un crédito conyugal. Si ambos están afiliados al IMSS o al ISSSTE, pueden hacer su solicitud para unir sus créditos y sumar un crédito mayor para adquirir una propiedad.
Pensar en comprar una casa en pareja, es una de las decisiones más importantes para un matrimonio, ya que requerirá de un gran compromiso por parte de ambos. Esto incluye analizar cuál es la mejor institución para solicitar el crédito, conocer el nivel de ingresos de ambos, así como el tipo de inmueble que desean adquirir, entre otros aspectos.
En México, las opciones para los trabajadores que solicitan un crédito hipotecario son: las instituciones tradicionales como los bancos y SOFOMES, y las entidades gubernamentales como el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE).
Antes de solicitar un crédito, es primordial que las parejas analicen los pros y contras de contratarlo, las ventajas que ofrecen, así como los requisitos de cada opción, ya que esto puede llegar a convertirse en una limitante al momento de aplicar ante alguna de estas instituciones.
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La unión de ambos créditos para adquirir una propiedad puede otorgarles varias ventajas, por ejemplo:
Obtener mejores condiciones crediticias: cuando una pareja aplica para solicitar este tipo de créditos, las entidades financieras ven en ello un menor índice de riesgo y hasta pueden ofrecer una tasa de interés más baja. Además, tomarán en cuenta cuál de los cónyuges tiene mayores ingresos para ser reconocido como acreditado y mientras que el otro cónyuge será el coacreditado.
Estos tipos de financiamientos le dan la oportunidad a los cónyuges derechohabientes, tanto del IMSS como del ISSSTE, de “unir” sus créditos para adquirir una casa o departamento. Los créditos que están disponibles para ellos son:
El crédito INFONAVIT Conyugal es un tipo de crédito hipotecario para aquellos derechohabientes que estén legalmente casados. El matrimonio puede unir sus puntos y recibir un monto mayor de crédito. Este es un programa de financiamiento directo para que puedan adquirir una vivienda nueva o usada.
Se otorgan dos líneas de crédito para dos personas unidas por una relación conyugal en función de un monto determinado para obtener un mayor financiamiento para adquirir una casa o departamento nuevo o usado, hipotecado, para ampliar y reparar, o construir en caso de que alguno de los cónyuges sea dueño de un terreno.
Para solicitar este crédito, los cónyuges deben cumplir los siguientes requisitos y reglas para obtener su aprobación:
El monto total del crédito dependerá de la precalificación de los cónyuges, misma que considera la edad, el salario, los ahorros consolidados en la Subcuenta de Vivienda y la suma de los bimestres de cotización continua.
Este tipo de crédito hipotecario conyugal es un programa de financiamiento diseñado para los derechohabientes que están legalmente casados, que cotizan en el FOVISSSTE y en el INFONAVIT, En esta modalidad ambos créditos se unen, conforme a las políticas de cada institución, para brindar un financiamiento directo que les permita incrementar su capacidad de compra para adquirir una casa.
Los derechohabientes del FOVISSSTE no estarán sujetos al sorteo anual, mientras que los derechohabientes del INFONAVIT que cumplan con los requisitos, se les otorgará el crédito de manera directa.
Los montos máximos del crédito que otorgará cada institución a sus derechohabientes serán determinados conforme a sus políticas. Los créditos se sumarán al 100% para adquirir la propiedad que hayan elegido.
La garantía hipotecaria se otorgará para ambas instituciones en proporción de los montos del financiamiento, con la obligación solidaria del cónyuge.
Si alguno de los cónyuges ha perdido su empleo, por cualquier motivo, el INFONAVIT y el FOVISSSTE ofrecen la posibilidad de condonar el pago de las mensualidades durante algunos meses, pues cuentan con un seguro de desempleo para apoyar a quienes se encuentren en esa situación. El pago de ese seguro está incluido en las mensualidades del crédito. También pueden aplicar para conseguir una prórroga (parcial o total). Es importante tener presente que, los intereses que se generen, sí deberán ser cubiertos de manera mensual.
Cuando la pareja de derechohabientes toma la decisión de deshacer el vínculo matrimonial, la situación del crédito hipotecario no cambia. Las condiciones y el otorgamiento de un crédito conyugal no van ligados al tipo de régimen conyugal (sociedad conyugal o separación de bienes) por el cuál se hayan unido en matrimonio, sino al compromiso que la pareja firmó para adquirir y liquidar este financiamiento, y seguirán manteniendo la obligación de pagarlo puntualmente de acuerdo a las condiciones de su contrato.
Los acuerdos que hayan firmado se mantienen, y solo un juez tiene la autoridad para dar la orden de realizar algún cambio y determinar cuál de los cónyuges deberá seguir pagando y quién será el dueño de la propiedad una vez que esta sea liquidada.
También existe otra opción: si alguno de los cónyuges ya no quiere continuar con esta obligación, puede venderle al otro su parte, convirtiéndolo en único dueño de la propiedad y responsable de continuar realizando los pagos del crédito.
Si el titular del crédito es derechohabiente del INFONAVIT y llega a fallecer a causa de alguna enfermedad o debido a un accidente, su deuda quedará liquidada, ya que todos los créditos cuentan con un seguro de vida individual para garantizar la tranquilidad financiera, y que se aplicará a la parte proporcional de la persona que falleció. Este trámite puede realizarlo el otro titular del crédito o el beneficiario del titular fallecido, lo que permitirá conservar su patrimonio.
A todos los acreditados del FOVISSSTE se les otorga un seguro de vida que, en caso de fallecimiento del titular, será utilizado para condonar la deuda. Para ello, el beneficiario del acreditado fallecido podrá solicitar la liquidación del crédito por extinción de la obligación.
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